demurrer

demurrer [di-ma-rar]
sustantivo
1El que pone tachas, objeciones o reparos.
2Excepción perentoria, cuestación de derecho; alegación que admite los hechos alegados por la parte contraria, pero niega que constituyen causa suficiente de acción. (Foro; Forense)

demurrer [dɪˈmʌrəʳ]
noun
(Jur) excepción perentoria; (f)